La entrada en vigor del Verifactu se pospone a 2027 ante la necesidad de actualizar los sistemas informáticos

El Gobierno ha aprobado un nuevo Real Decreto-ley que modifica el calendario de entrada en vigor del Reglamento Verifactu, retrasando un año la aplicación de los requisitos establecidos para los sistemas informáticos de facturación utilizados por pymes y autónomos. Esta ampliación, que pospone la obligación hasta 2027, responde a la necesidad de facilitar la adaptación tecnológica del tejido empresarial y asegurar una implantación gradual, estable y homogénea del nuevo sistema.
El Real Decreto 1007/2023, aprobado el 5 de diciembre, fijaba inicialmente dos fechas clave para la puesta en marcha del Verifactu: el 1 de enero de 2026 para las empresas obligadas tributarias contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2026 para el resto de empresas y trabajadores autónomos que emplean sistemas informáticos de facturación. Sin embargo, tras evaluar el estado de preparación de muchas compañías, el Ejecutivo ha decidido ampliar ambos plazos.
De este modo, las empresas cuyo periodo de adaptación estaba previsto para comenzar el 1 de enero de 2026 dispondrán ahora hasta el 1 de enero de 2027 para implementar el nuevo sistema. De la misma forma, aquellas cuyo límite era el 1 de julio de 2026 tendrán hasta el 1 de julio de 2027 para completar la adaptación tecnológica de sus programas y herramientas de facturación.
Este aplazamiento tiene como objetivo garantizar que los sistemas informáticos de facturación cumplan con los requisitos técnicos y de seguridad necesarios, evitando así una implantación precipitada que pudiera generar incidencias o desigualdades entre sectores. Además, el Ejecutivo subraya que el Verifactu es una herramienta clave para combatir el fraude tributario y la economía sumergida asociada al uso del denominado “software de doble uso”.
El Verifactu busca reforzar la trazabilidad, la seguridad y la transparencia en los registros de facturación, proporcionando un marco más sólido para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de pymes y autónomos. Con este desarrollo normativo, el Gobierno da continuidad a lo establecido en la Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, avanzando hacia un modelo más seguro y digitalizado en la gestión de la facturación empresarial.
Según ha detallado la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, la ampliación de plazos también permite que las empresas realicen esta transición con mayor margen y planificación, evitando sobrecargas técnicas y económicas. La prórroga responde así a la necesidad de acompasar el avance normativo con la capacidad real de adaptación del tejido productivo.
El Ejecutivo insiste en que la nueva fecha límite de aplicación, en 2027, ofrece un entorno más favorable para que pymes y autónomos aborden la modernización de sus herramientas de facturación, garantizando una mayor eficacia y una adaptación homogénea en todo el país.
