La Generalitat de Cataluña permitirá llenar piscinas si son de uso público y declaradas como refugios climáticos. Además, ha fijado un tope específico de consumo máximo para establecimientos turísticos, de 100 litros por plaza, en fase de emergencia, como están ahora Barcelona y Girona.
Ahora, con el decreto aprobado este martes tras la reunión del Consell Executiu, los establecimientos hoteleros tendrán que asumir diferentes tramos gasto que varían según la situación activada del Plan Especial de Sequía (PES). No podrán superar los 115 litros en Excepcionalidad; los 100 en Emergencia I; los 90 en Emergencia II y los 80 en Emergencia III.
Los embalses de la cuenca hidrológica interna se encuentran este martes al 18% de su capacidad.
En su reunión semanal de cada martes, el Govern ha aprobado un nuevo decreto que adaptará la regulación vigente de la sequía, en un momento en el que gran parte de Catalunya sigue en fase de emergencia por sequía a pocos meses del verano, la temporada estrella para el sector del turismo.
Se trata de »la peor sequía del último siglo», afirmó con contundencia el president de la Generalitat, Pere Aragonès, durante la rueda de prensa posterior a la Comisión Interdepartamental de Sequía celebrada en febrero. «Nunca habíamos afrontado una sequía tan larga y de tanta intensidad. La situación actual nos obliga a realizar un esfuerzo extraordinario», aseguró el jefe del Ejecutivo catalán.
Bajo la supervisión de la Generalitat, los ayuntamientos catalanes definirán y acordarán qué albercas, tanto de comunidades de vecinos como de hoteles y campings, pueden considerarse como refugios climáticos, sus condiciones de seguridad y su aforo. En el caso de superar durante tres meses consecutivos los límites de consumo de agua acordados, los consistorios tendrán pleno poder para interponer sanciones económicas. Las piscinas comunitarias que no lleguen a un acuerdo con los municipios no podrán llenarse. Aunque los ayuntamientos deberán tener otros espacios que cumplan las funciones de refugios climáticos además de las piscinas. “Son plenamente conscientes de la situación que hay. No podemos abrir el grifo de la misma manera que antes de la declaración de emergencia”, ha afirmado Plaja, quien ha remarcado que las modificaciones son para ayudar a la población más vulnerable a sobrellevar los episodios de temperatura extrema.
Los refugios climáticos son espacios que tienen una temperatura variable entre 25 y 29 grados donde la población puede protegerse de las cada vez más frecuentes olas de calor y que, además de las piscinas, engloba espacios como bibliotecas, centros cívicos o museos, entre otros. En Barcelona, hay desde 2019 una red de alrededor de 200 estos entornos térmicos que cumplen estas funciones.
El decreto que entrará en vigor el próximo viernes ha sido acordado con la Federación de Municipios de Cataluña (FMC) y la Asociación Catalana de Municipios (ACM). Serán los propios ayuntamientos quienes controlen el gasto de agua, la seguridad y el acceso a las piscinas públicas o comunitarias. Además, en el caso de las instalaciones acuáticas hoteleras, cada consistorio tendrá que acordar también las tarifas y los horarios de apertura. “Nadie mejor que ellos controla la situación de cada municipio. Hay que poner en valor el esfuerzo que han realizado en el último mes porque la mayoría de las localidades han reducido considerablemente el consumo”, ha enfatizado Plaja, quien ha remarcado que esta nueva modificación del PES permite a los ayuntamientos “diseñar un marco claro para que puedan proteger a la ciudadanía que está comprometida con el ahorro pero que padece la sequía”.
Con ese fin, el Govern ha dado plenos poderes a los consistorios municipales para establecer límites e imponer expedientes sancionadores a establecimientos hoteleros o comunidades de vecinos que superen durante tres meses consecutivos el consumo acordado. Además, las multas económicas pasarán de ser mensuales a trimestrales. “Permitirá tener una tendencia clara en la evolución del consumo y ajustar mejor la sanción”, ha aclarado la portavoz. La infracción leve llegará hasta los 10.000 euros; la grave hasta los 50.000 euros y, la muy grave, hasta los 150.000 euros.