Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones generales del 29 de noviembre: fechas y cómo hacerlo

La documentación electoral comenzará a enviarse el 9 de noviembre y el plazo para depositar el voto finalizará el día 25.

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Los electores podrán solicitar el voto por correo hasta el 19 de noviembre, tanto por internet como presencialmente en cualquier oficina de Correos.

Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones generales del 29 de noviembre: fechas y cómo hacerlo

Los ciudadanos que quieran votar por correo en las elecciones generales del próximo domingo 29 de noviembre de 2026 ya pueden iniciar el procedimiento. El plazo para presentar la solicitud permanecerá abierto hasta el 19 de noviembre, incluido, y podrá realizarse tanto de forma telemática como presencialmente en las oficinas de Correos.

El procedimiento comienza con la solicitud del certificado de inscripción en el Censo Electoral correspondiente, un documento imprescindible para poder ejercer posteriormente el voto por correspondencia.

Los electores disponen de dos alternativas: completar la solicitud por internet mediante los sistemas de identificación electrónica admitidos o acudir personalmente a cualquiera de las oficinas de Correos de España.

La documentación necesaria para votar comenzará a enviarse a los solicitantes a partir del 9 de noviembre, mientras que el último día previsto para depositar el voto será el 25 de noviembre de 2026.

Hasta el 19 de noviembre para solicitar el voto por correo

El primer plazo que deben tener en cuenta quienes no vayan a votar presencialmente el 29 de noviembre es el correspondiente a la solicitud.

Esta podrá tramitarse hasta el jueves 19 de noviembre, incluido.

El elector deberá solicitar el certificado que acredita su inscripción en el Censo Electoral. Sin este documento no podrá continuar el procedimiento para emitir posteriormente su voto por correspondencia.

Correos trasladará las solicitudes recibidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, encargadas de gestionar el envío de la documentación electoral.

Cómo solicitar el voto por correo por internet

Los ciudadanos que quieran evitar desplazamientos pueden completar la solicitud de manera telemática.

Para realizar este procedimiento online será necesario acreditar la identidad mediante firma electrónica. Entre los sistemas admitidos se encuentran los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

De esta manera, el elector puede completar la primera parte del procedimiento sin acudir físicamente a una oficina postal.

Una vez tramitada la solicitud y comprobada la inscripción en el censo, comenzará posteriormente el proceso para hacer llegar al ciudadano la documentación necesaria para votar.

Cómo solicitarlo presencialmente en una oficina de Correos

La segunda posibilidad es acudir a cualquiera de las oficinas de Correos distribuidas por España.

Como norma general, la solicitud debe realizarla personalmente el propio elector. Para acreditar su identidad deberá presentar al trabajador de Correos alguno de los documentos originales admitidos: DNI, pasaporte o permiso de conducir.

Existe una excepción para aquellas personas que, debido a una enfermedad o discapacidad debidamente acreditada mediante certificado médico oficial, no puedan realizar personalmente la solicitud.

En estos casos, el trámite podrá ser presentado en nombre del elector por otra persona que haya sido autorizada mediante el correspondiente procedimiento notarial o consular.

Se puede pedir cita previa para evitar esperas

Correos permite solicitar cita previa para facilitar la realización del trámite presencial y reducir los tiempos de espera en las oficinas.

El ciudadano puede seleccionar una oficina que disponga de este servicio y escoger posteriormente el día y la hora que mejor se adapten a sus necesidades.

La cita previa no modifica los requisitos del procedimiento, pero permite planificar con antelación la visita para presentar la solicitud del voto por correo.

La documentación electoral comenzará a llegar el 9 de noviembre

Una vez recibidas las solicitudes, Correos las trasladará a las correspondientes Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

La documentación necesaria para poder ejercer el voto por correspondencia comenzará a enviarse a los solicitantes a partir del 9 de noviembre.

Un aspecto especialmente importante es la dirección facilitada durante la solicitud.

La documentación electoral será remitida a la dirección indicada expresamente por el elector, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.

Por este motivo, quienes sepan que durante esas fechas estarán desplazados deberán tener en cuenta dónde podrán recibir correctamente el envío.

El 25 de noviembre termina el plazo para depositar el voto

Solicitar el voto por correo antes del 19 de noviembre no completa por sí solo el procedimiento.

Después de recibir la documentación electoral y preparar el voto, el elector deberá realizar el correspondiente depósito dentro del plazo establecido.

Según el calendario comunicado para estas elecciones generales, el plazo para depositar el voto por correo finalizará el miércoles 25 de noviembre de 2026, cuatro días antes de la jornada electoral.

Por tanto, las principales fechas que deberán tener presentes los electores son el 19 de noviembre, como último día para solicitar el voto por correo; el 9 de noviembre, a partir del cual comenzará el envío de la documentación electoral; y el 25 de noviembre, cuando finalizará el plazo para depositar el voto.

Elecciones generales el domingo 29 de noviembre

Las elecciones generales se celebrarán finalmente el domingo 29 de noviembre, después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciase el adelanto electoral y la disolución de las Cortes.

La convocatoria abre un nuevo calendario electoral en el que los ciudadanos que no puedan o no quieran acudir presencialmente a las urnas dispondrán de la posibilidad de ejercer su derecho mediante voto por correspondencia.

Con el procedimiento ya abierto, los electores interesados pueden comenzar desde este 6 de octubre a tramitar su solicitud, sin necesidad de esperar a que se aproxime la jornada electoral.

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