Agricultores y ganaderos pueden acogerse a las reducciones recogidas en el real decreto-ley por la sequía y en la orden de módulos del IRPF 2021

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Unos 900.000 agricultores y ganaderos que tributan por el régimen de módulos pueden acogerse a la reducción del 20 % del rendimiento neto para todo el sector agrario aprobada en marzo en el Real Decreto-ley paliar los efectos de la sequía y el incremento de los costes de producción

Agricultores y ganaderos pueden acogerse a las reducciones recogidas en el real decreto-ley por la sequía y en la orden de módulos del IRPF 2021

El Gobierno recuerda a los cerca de 900.000 agricultores y ganaderos de todo el Estado -ante la finalización en las próximas semanas del plazo para presentar la Declaración de la Renta 2021- y que eligen el sistema de módulos del IRPF para tributar por sus beneficios, que pueden acogerse a la reducción del 20 % en el rendimiento neto aprobada para todo el sector agrario en el Real Decreto-Ley 4/2022 de medidas para paliar los efectos de la sequía y el incremento de los costes de producción.

A esta rebaja, se suman las reducciones de los Índices de Rendimiento Neto para el periodo impositivo 2021 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la IRPF recogidas en la orden del Ministerio de Hacienda publicada en mayo, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), tras recabar los informes de las comunidades autónomas, de minoración de dichos índices.

El plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2021 (IRPF 2021) finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio.

Se estima que el conjunto de todas estas reducciones de módulos pueda implicar una rebaja de la base imponible del orden de 1.093 millones de euros, que beneficia a los 900.000 agricultores y ganaderos El sistema de estimación objetiva agraria es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país. Las reducciones de módulos aprobadas en esta orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria.

Estas reducciones reflejan la pérdida de rentabilidad derivada de los efectos negativos provocados por las adversidades climáticas de 2021, como la borrasca Filomena del mes de enero, las heladas en el mes de marzo y la falta de precipitaciones a lo largo del año.

La orden recoge la reducción a nivel estatal de los índices de rendimiento neto de todos los sectores ganaderos y del viñedo. Además, se han aprobado un elevado número de reducciones en sectores específicos por comunidades autónomas, provincias y municipios, entre las que destaca la aplicada para los frutos secos en importantes áreas productoras.

Además, de forma extraordinaria para todos los ganaderos que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que estos representen más del 50 % del importe total de la alimentación animal se reduce el índice aplicable a las actividades ganaderas. Se estima que la reducción por este concepto puede alcanzar 38 millones de euros. El índice único para todos los sectores ganaderos será del 0,50.

Igualmente y de forma extraordinaria por las dificultades de la situación, por primera vez, se hace extensible a todos los regadíos, y no solo a los de consumo estacional se incrementa la reducción del coeficiente corrector por uso de electricidad para el riego que se ha aplicado en años anteriores. Así los agricultores que utilizaran la electricidad para el riego se beneficiarán de una minoración del 25 % en el rendimiento neto para cultivos regables (el año anterior fue el 20 %), Se estima que esta medida supondrá una rebaja de unos 39 millones de euros.

Las reducciones establecidas con carácter estatal para la declaración de la renta 2021 son las siguientes:

Sectores agrícolas:

  • Uva para vino con D.O. de 0,32 a 0,22
  • Uva para vino sin D.O. de 0,26 a 0,18

Sectores ganaderos:

  • Avicultura de 0,13 a 0,09
  • Bovino de leche de 0,20 a 0,14
  • Bovino de carne de 0,13 a 0,09
  • Bovino de cría de 0,26 a 0,18
  • Cunicultura de 0,13 a 0,09
  • Equino de 0,32 a 0,22
  • Ovino y caprino de carne de 0,13 a 0,09
  • Ovino y caprino de leche de 0,26 a 0,18
  • Porcino de carne o de 0,13 a 0,09
  • Porcino de cría de 0,26 a 0,18
  • Apicultura de 0,26 a 0,13

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